Mucho se ha hablado durante las últimas semanas sobre el caso de Najwa Malha, la joven muchacha a la que se prohibió ir con hiyab a un colegio de Pozuelo que, por cierto, ya ha sido readmitida. Una cuestión peliaguda esta del velo islámico pero que no me ha dejado indiferente. Intentaré razonar el por qué de mi opinión.
Entiendo que el que una mujer lleve un pañuelo en la cabeza es una tradición musulmana y que como religión que es ha de pertenecer al ámbito de lo privado e íntimo de las personas. Desde este punto de vista es una manifestación de una decisión tomada, en principio, de manera individual y libre. Si fuere así, no debería importar a nadie.
En la religión católica hay diversas manifestaciones estéticas que afectan a determinados fieles, como las monjas y los curas. En este caso, ni son vetados en los escenarios públicos ni nadie los juzga por ir así vestidos. Por esta razón, defendería el derecho que tienen todas las personas a profesar libremente sus religiones con todo lo que eso conlleva.
Sin embargo, la cuestión no es tan sencilla de dilucidar. Por un lado, existe el derecho del colegio madrileño de prohibir este tipo de atuendo. Y este derecho debería prevalecer por encima de cualquier otro. Y es por eso por lo que la familia de la joven debería haber acatado la norma sin más. Igual que se atienden otras de comportamiento o conducta.
Por otro lado, considero que el velo es un signo que diferencia de manera evidente a hombres y mujeres. Y es en este sentido en el que difiero del derecho universal a la privacidad. Considero que los derechos humanos están por encima de todo. Y que es inconcebible que -viviendo en una sociedad democrática occidental- se toleren manifestaciones que van asociadas a creencias que van en claro detrimento de la mujer.